jueves, 10 de abril de 2008

Admitida a trámite la queja de la PIC contra el Ayuntamiento


Admitida a trámite una queja de la PIC contra el Ayuntamiento de Alicante por la negativa de su Alcalde a retirar el título de “Hijo Predilecto” y “Alcalde Honorario Perpetuo” a Francisco Franco

El Alcalde alegó en un Pleno que para ello tenían que recogerse 25.000 firmas, lo que supone una violación de la Ley de Memoria Histórica

El Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana acaba de comunicar a la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas la admisión a trámite de la queja presentada por este colectivo ciudadano contra el Ayuntamiento de Alicante y su Alcalde, al negarse éste a aplicar la Ley de Memoria Histórica en vigor y rechazar la petición que el Grupo Municipal Socialista hizo en el Pleno Municipal con el apoyo de la Comisión de la Memoria Histórica, de retirar los nombramientos de Francisco Franco que en su día se hicieron como “Hijo predilecto” y “Alcalde honorario perpetuo” de la ciudad, nombramientos todavía hoy vigentes.

En este Pleno, el Alcalde Alperi se negó siquiera a debatir la propuesta, calificándola de “oportunista y electoralista”, llegando a argumentar que para que la propuesta fuera debatida en Pleno deberían aportarse como mínimo las firmas de 25.000 alicantinos que lo respaldaran.

A juicio de la PIC, la Ley de la Memoria Histórica, Ley 53/2007, de 26 de Diciembre, establece de forma inequívoca en su artículo 15.1 que “Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura…”.

El Alcalde de Alicante está por tanto supeditando el cumplimiento de la ley a un requisito no previsto por la misma, como es la recogida de 25.000 firmas, lo que en términos jurídicos es inaceptable. Al mismo tiempo, la petición de Alperi es absolutamente arbitraria al carecer de base legal alguna y no basarse en ninguna norma, criterio o disposición administrativa.

Para la PIC, con esta petición tan estrambótica como disparatada, el Alcalde Alperi respalda, apoya y ampara al Franquismo a través de símbolos caducos sobre los que debería avergonzarse, mostrando sus esencias autoritarias y colocando a la ciudad de Alicante en primer plano de la polémica por las repercusiones que ha adquirido esta actitud de apoyo al franquismo y la indecencia política de la petición de este Alcalde predemocrático.

En la queja de la PIC ahora admitida por el Síndic de Greuges, y que también ha sido trasladada ante el Defensor del Pueblo, se entiende que el alcalde podría haber cometido un acto de arbitrariedad prohibida en el artículo 9 CE, con un vulneración general del art. 9.3. Ello, en conexión con vulneración de art. 16 -libertad ideológica- ya que las razones del incumplimiento de la ley se deben a razones puramente ideológicas y ajenas al bien común o al respeto de la legalidad vigente.